Martes, 16 de mayo de 2006
Martes, 16 mayo 2006 ZENIT publica el mensaje que ha enviado Benedicto XVI a los participantes en la sesi?n plenaria de la Congregaci?n para las Causas de los Santos.



Al venerado hermano
Se?or cardenal
JOS? SARAIVA MARTINS
Prefecto de la Congregaci?n para las causas de los santos

Con ocasi?n de la sesi?n plenaria de esa Congregaci?n para las causas de los santos, deseo dirigirle a usted, se?or cardenal, mi cordial saludo, que de buen grado extiendo a los se?ores cardenales, a los arzobispos y a los obispos que participan en los trabajos. Saludo, asimismo, al secretario, al subsecretario, a los consultores, a los peritos m?dicos, a los postuladores y a todos los que forman parte de ese dicasterio. Adem?s de saludaros, os expreso mis sentimientos de aprecio y gratitud por el servicio que esa Congregaci?n presta a la Iglesia, promoviendo las causas de los santos, que "son los verdaderos portadores de luz en la historia, porque son hombres y mujeres de fe, esperanza y amor", como escrib? en la enc?clica Deus caritas est (n. 40).

Por eso la Iglesia, desde el inicio, ha honrado mucho su memoria y su culto, dedicando, a lo largo de los siglos, una atenci?n cada vez mayor a los procedimientos que llevan a los siervos de Dios al honor de los altares. En efecto, las causas de los santos se consideran "causas mayores", tanto por la nobleza de la materia tratada como por su influjo en la vida del pueblo de Dios. A la luz de esta realidad, mis predecesores intervinieron a menudo, con especiales disposiciones normativas, para mejorar su celebraci?n y su estudio. Este era el fin de la misma instituci?n de la Sagrada Congregaci?n de Ritos, realizada por Sixto V en 1588.

?C?mo no recordar, adem?s, la pr?vida legislaci?n de Urbano VIII, el C?digo de derecho can?nico de 1917, las normas de P?o XI para las causas antiguas, el motu proprio Sanctitas clarior y la constituci?n apost?lica Sacra Rituum Congregatio de Pablo VI? En particular, es preciso mencionar con gratitud a mi predecesor Benedicto XIV, con raz?n considerado "el maestro" de las causas de los santos. M?s recientemente, en 1983, el amado Juan Pablo II promulg? la constituci?n apost?lica Divinus perfectionis Magister, a la que sigui?, en el mismo a?o, la publicaci?n de las Normae servandae in inquisitionibus ab Episcopis faciendis in causis Sanctorum.

La experiencia de m?s de veinte a?os de aquel texto ha sugerido a esa Congregaci?n preparar una oportuna "Instrucci?n para el desarrollo de la investigaci?n diocesana en las causas de los santos". Este documento se dirige principalmente a los obispos diocesanos y constituye el primer tema del orden del d?a de vuestra plenaria. Dicho documento quiere facilitar la aplicaci?n fiel de las citadas Normae servandae, para salvaguardar la seriedad de las investigaciones que se llevan a cabo en los procesos diocesanos sobre las virtudes de los siervos de Dios, sobre los casos de martirio afirmado o sobre los eventuales milagros.

Las causas se han de incoar y estudiar con sumo cuidado, buscando diligentemente la verdad hist?rica, a trav?s de pruebas testimoniales y documentales omnino plenae, puesto que su ?nica finalidad es la gloria de Dios y el bien espiritual de la Iglesia y de todos los que buscan la verdad y la perfecci?n evang?lica. Los pastores diocesanos, decidiendo coram Deo cu?les son las causas que merecen ser incoadas, han de valorar ante todo si los candidatos al honor de los altares gozan realmente de una s?lida y difundida fama de santidad y de milagros o de martirio. Esta fama, que el C?digo de derecho can?nico de 1917 quer?a que fuera "spontanea, non arte aut diligentia procurata, orta ab honestis et gravibus personis, continua, in dies aucta et vigens in praesenti apud maiorem partem populi" (can. 2050, 2), es un signo de Dios que indica a la Iglesia qui?nes merecen ser puestos en el candelero para "iluminar a todos los que est?n en la casa" (Mt 5, 15). Es evidente que no se podr? iniciar una causa de beatificaci?n y canonizaci?n si no se ha comprobado la fama de santidad, aunque se trate de personas que se distinguieron por su coherencia evang?lica y por particulares m?ritos eclesiales y sociales.

El segundo tema que afronta vuestra plenaria es el "milagro en las causas de los santos". Es sabido que desde la antig?edad el itinerario para llegar a la canonizaci?n incluye la comprobaci?n de las virtudes y de los milagros atribuidos a la intercesi?n del candidato al honor de los altares. Adem?s de asegurarnos de que el siervo de Dios vive en el cielo en comuni?n con Dios, los milagros constituyen la confirmaci?n divina del juicio expresado por la autoridad eclesi?stica sobre su vida virtuosa. Deseo que la plenaria profundice este tema a la luz de la tradici?n de la Iglesia, de la teolog?a actual y de los avances m?s acreditados de la ciencia.

No hay que olvidar que en el examen de los acontecimientos milagrosos afirmados confluye la competencia de los cient?ficos y de los te?logos, aunque la palabra decisiva corresponde a la teolog?a, la ?nica capaz de dar una interpretaci?n de fe del milagro. Por eso, en el procedimiento de las causas de los santos se pasa de la valoraci?n cient?fica de la consulta m?dica o de los peritos t?cnicos al examen teol?gico por parte de los consultores y, sucesivamente, de los cardenales y obispos. Adem?s, hay que tener presente claramente que la pr?ctica ininterrumpida de la Iglesia establece la necesidad de un milagro f?sico, pues no basta un milagro moral.

El tercer tema sometido a la reflexi?n de la plenaria concierne al martirio, don del Esp?ritu y patrimonio de la Iglesia de cada ?poca (cf. Lumen gentium, 42). El venerado Pont?fice Juan Pablo II, en la carta apost?lica Tertio millennio adveniente, afirm? que, dado que la Iglesia ha vuelto a ser Iglesia de m?rtires, "en la medida de lo posible no debe perderse (...) su testimonio" (n. 37). Los m?rtires de ayer y los de nuestro tiempo dan la vida (effusio sanguinis) libre y conscientemente, en un acto supremo de caridad, para testimoniar su fidelidad a Cristo, al Evangelio y a la Iglesia.

Aunque el motivo que impulsa al martirio sigue siendo el mismo y tiene en Cristo su fuente y modelo, han cambiado los contextos culturales del martirio y las estrategias "ex parte persecutoris", que cada vez trata de manifestar de modo menos expl?cito su aversi?n a la fe cristiana o a un comportamiento relacionado con las virtudes cristianas, pero que simula diferentes razones, por ejemplo, de naturaleza pol?tica o social.

Ciertamente, es necesario recoger pruebas irrefutables sobre la disponibilidad al martirio, como derramamiento de la sangre, y sobre su aceptaci?n por parte de la v?ctima, pero tambi?n es necesario que aflore directa o indirectamente, aunque siempre de modo moralmente cierto, el "odium fidei" del perseguidor. Si falta este elemento, no existir? un verdadero martirio seg?n la doctrina teol?gica y jur?dica perenne de la Iglesia. El concepto de "martirio", referido a los santos y a los beatos m?rtires, ha de entenderse, de acuerdo con la ense?anza de Benedicto XIV, como "voluntaria mortis perpessio sive tolerantia propter fidem Christi, vel alium virtutis actum in Deum relatum" (De Servorum Dei beatificatione et Beatorum canonizatione, Prato 1839-1841, Lib. III, cap. 11, 1). Esta es la ense?anza constante de la Iglesia.

Los temas que va a estudiar vuestra plenaria son de indudable inter?s, y las reflexiones, con las eventuales propuestas que surgir?n de ella, dar?n una valiosa aportaci?n a la consecuci?n de los objetivos indicados por Juan Pablo II en la constituci?n apost?lica Divinus perfectionis Magister, donde afirma: "Me ha parecido conveniente revisar una vez m?s el procedimiento en la incoaci?n de las causas (de los santos), y reformar la misma Congregaci?n para las causas de los santos a fin de que responda a las exigencias de los estudiosos y a los deseos de nuestros hermanos en el episcopado, los cuales en repetidas ocasiones han solicitado una mayor agilidad en los procesos, pero conservando la seriedad de las investigaciones en un asunto de tanta importancia. Asimismo, pienso que, a la luz de la doctrina sobre la colegialidad propuesta por el concilio Vaticano II, conviene que los obispos mismos se asocien m?s a la Sede apost?lica para tratar las causas de los santos".

De acuerdo con estas indicaciones, una vez elegido a la C?tedra de Pedro, he cumplido de buen grado este deseo generalizado de que en la modalidad de las celebraciones se subraye m?s la diferencia sustancial entre la beatificaci?n y la canonizaci?n, y que en los ritos de beatificaci?n se implique m?s visiblemente a las Iglesias particulares, quedando claro que s?lo al Romano Pont?fice le compete conceder el culto a un siervo de Dios.

Se?or cardenal, le agradezco el servicio que esa Congregaci?n presta a la Iglesia y, deseando un trabajo fecundo a los que participan en la plenaria, por intercesi?n de todos los santos y de la Reina de los santos, invoco sobre cada uno de vosotros la luz del Esp?ritu Santo. Por mi parte, os aseguro un recuerdo en la oraci?n, a la vez que bendigo de coraz?n a todos.

Vaticano, 24 de abril de 2006
Publicado por verdenaranja @ 23:45  | Habla el Papa
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