Declaraci?n que ha emitido el Comit? Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile sobre
"Educaci?n, familia y pluralismo". Fecha: 2006-07-17
Educaci?n, familia y pluralismo
El debate en torno a la educaci?n chilena, como tambi?n el actual Proyecto de Ley enviado al Congreso, que propone una reforma constitucional al respecto, ha suscitado un gran inter?s en el pa?s, y tambi?n en los Obispos de Chile. Apreciando adem?s la urgencia de mejorar substancialmente la educaci?n que reciben incontables alumnos de escasos recursos, y a la luz del vasto servicio educacional que la Iglesia ha prestado en nuestra patria desde sus or?genes, el Comit? Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile desea aportar las siguientes reflexiones.
1. La Educaci?n como Bien P?blico La educaci?n es un bien p?blico que debe ser valorado y cuidado por todos los ciudadanos. De la calidad de la educaci?n depende la calidad de vida, la superaci?n de la pobreza, el nivel cultural y la nobleza de las relaciones humanas de un pueblo. Por eso, la tarea de impartir la educaci?n, que compete en primer lugar a la familia, necesita el apoyo de la sociedad. Ella presta un servicio masivo al bien com?n, al ponerse a disposici?n de todos los padres que est?n educando y de los ciudadanos que se forman. Lo hace, cuando reconoce las diversas iniciativas ministeriales, municipales y particulares y cuando ofrece una variedad de instituciones y personas a todas las familias y los alumnos que las necesitan. De este modo, cualquiera sea el sostenedor de las comunidades educativas, si ofrecen una educaci?n valiosa, la labor que desarrollan ha de ser considerada siempre como un invaluable servicio p?blico. En este contexto, la educaci?n particular puede asumir un rol importante en el desarrollo de sistemas modernos de ense?anza-aprendizaje, a condici?n de que act?e en un marco transparente y responsable.
2. Educaci?n y Persona En el contexto de los amplios y profundos cambios sociales que caracterizan a nuestro tiempo, el fundamento antropol?gico de la propuesta educativa adquiere una urgencia cada vez m?s ineludible. En un mundo tan plural el concepto de persona y su dignidad ha de ser el punto de partida y de sustento ?tico de cualquier di?logo educativo. Por eso la educaci?n y la escuela est?n llamadas a configurarse como educaci?n y escuela de personas para el bien de personas. La persona de cada uno, en sus necesidades materiales, intelectuales, morales y espirituales, debe ser el centro de donde arranca y a donde llega la acci?n educativa. Creemos que la persona ocupa el centro de todo proyecto educativo y de la misi?n de cada escuela. Ella se define por su ?racionalidad?, es decir por su car?cter inteligente y libre, por su ?emotividad?, ya que tiene un coraz?n capaz de sentir y empatizar, y por su ?relacionalidad?, o sea por la interacci?n con los dem?s, que tiende a la reciprocidad, al servicio y a la solidaridad.
3. El Derecho a una Educaci?n de calidad y el Rol del Estado Con el Concilio Vaticano II, afirmamos que todos los hombres, de cualquier raza, condici?n y edad, por poseer la dignidad de persona, tienen el derecho inalienable a una educaci?n que responda al propio fin, al propio car?cter, al diferente sexo, que sea conforme a la cultura y a las tradiciones patrias. Y, al mismo tiempo, que est? abierta a las relaciones fraternas con otros pueblos, para fomentar en la tierra la verdadera unidad y la paz. Por eso, el Estado ha de prever que a todos los ciudadanos sea posible el adecuado acceso a la cultura y una participaci?n viva de sus valores, como asimismo la debida preparaci?n para el cumplimiento de sus obligaciones y derechos civiles. El mismo Estado debe proteger el derecho de toda persona, y en especial de ni?os y ni?as, a una educaci?n escolar y superior rica en conocimientos y en valores. Tambi?n, vigilar la aptitud de los maestros, velar por la eficacia de los estudios, mirar por la salud de los alumnos y por el bienestar de sus familias, y promover, en general, una educaci?n equitativa y de calidad.
4. La Libertad de Ense?anza y el Rol del Estado El amplio ejercicio del mencionado derecho a la educaci?n, reclama a su vez, como condici?n para su aut?ntica realizaci?n, la plena libertad de que debe gozar toda persona, -y en el caso de ni?os y ni?as, los padres de familia- para elegir la educaci?n para sus hijos que consideren m?s conforme a los valores que ellos m?s estiman y que consideran indispensables. Por el hecho de haberles dado la vida, ellos asumieron la responsabilidad de ofrecer a sus hijos condiciones favorables para su crecimiento. Entre ?stas, la grave obligaci?n de educar a la prole. La sociedad ha de reconocerlos como los primeros y principales educadores de la misma. El deber de la educaci?n familiar, como primera escuela de virtudes sociales, es de tanta trascendencia, que cuando falta, dif?cilmente puede suplirse. Con el Papa Benedicto XVI afirmamos que este principio nunca es transable. Y recordamos al respecto lo dicho por el Papa Juan Pablo II: ?El derecho-deber educativo de los padres es esencial, original, primario, insustituible e inalienable?.
Este intransferible derecho, que implica una obligaci?n y que expresa la libertad de la familia en el ?mbito de la educaci?n, por su significado y alcance, ha de ser decididamente garantizado por el Estado. Por esta raz?n, el poder p?blico, al que compete la protecci?n y la defensa de las libertades de los ciudadanos, atendiendo a la justicia distributiva, debe distribuir las ayudas p?blicas ?que provienen de los impuestos de todos los ciudadanos- de tal manera, que la totalidad de los padres, al margen de su condici?n social, puedan escoger, seg?n su conciencia, en medio de una pluralidad de proyectos educativos, las escuelas adecuadas para sus hijos.
Ese es el valor fundamental y la naturaleza jur?dica que fundamenta la subvenci?n escolar. Por lo tanto, a ning?n sector educacional, ni siquiera al propio Estado, se le puede otorgar la facultad de concederse el privilegio y la exclusividad de la educaci?n de los m?s pobres, sin menoscabar con ello importantes derechos. De este modo se promueven derechos naturales de la persona humana, la convivencia pac?fica de los ciudadanos, el progreso de todos, y la realidad de una cultura patria, que mantiene su vigencia y su identidad, sin excluir el pluralismo que manifiesta su riqueza. Esta opci?n subsidiaria caracteriza a nuestro sistema educacional y rige en muchas sociedades como la nuestra. Por ello, consideramos indispensable que la libertad de ense?anza, en cuanto parte irrenunciable del sustento val?rico del Estado de Chile, permanezca consignada en su concepto, alcance y resguardo en nuestra Carta Fundamental, y no s?lo en legislaciones que cambian con el tiempo.
5. La Formaci?n Moral y Religiosa La educaci?n religiosa es parte esencial de la calidad de la educaci?n que se ofrece a cada persona y a toda la sociedad. En el contexto del derecho a una educaci?n de calidad, y por ello integral, y considerando que la inmensa mayor?a de los chilenos profesa un credo religioso, la educaci?n de la dimensi?n religiosa y la formaci?n de una recta conciencia moral, resulta una tarea ineludible de toda escuela, sean ?stas confesionales o no.
Nos hacemos un deber recordar a los padres de familia la grave obligaci?n que tienen de disponer, y a?n de exigir, todo lo necesario para que sus hijos puedan ejercer este derecho, y disfrutar de esta ayuda para una aut?ntica formaci?n humana. Por todo ello, exhortamos al poder p?blico, para que teniendo en cuenta el pluralismo de nuestra sociedad y favoreciendo la debida libertad religiosa, se garantice este derecho de las familias a dar a sus hijos en las escuelas una educaci?n conforme a sus principios morales y religiosos.
6. Escuela y Acciones legales La educaci?n es un servicio que se basa fundamentalmente en la credibilidad y en la confianza. No se puede educar convenientemente sin confiar en quienes educan y en el proyecto educativo que propone el establecimiento educacional elegido. Si bien es de toda justicia que los padres de familia y cualquier ciudadano encuentren en nuestro ordenamiento jur?dico las herramientas necesarias para defender derechos importantes acerca de la calidad educacional, sin embargo, al mismo tiempo, resulta imprescindible que ello se d? en un marco que resguarde otros aspectos y valores que debemos tener presente.
Previo a cualquier recurso de protecci?n, se requiere ante todo de una norma que especifique y objetive el concepto de calidad de educaci?n, as? como la clara delimitaci?n de lo que constituye un delito por vulnerar tal derecho, y las obligaciones y deberes que deben cumplir los padres y alumnos en las escuelas para hacerse acreedores al ejercicio de una acci?n judicial. Todo esto, si se quieren evitar abusos mayores a los que se desea remediar. El respeto de la legislaci?n por el Proyecto Educativo libremente elegido por las familias, debiera incluir, como condici?n previa a cualquier recurso ante la justicia, agotar las instancias que el propio Manual de Convivencia estipula para la resoluci?n de los conflictos. Se debe evitar una posible judicializaci?n de toda la vida escolar, introduciendo un grave elemento de desconfianza, sospecha y conflicto permanente en la diaria y delicada labor educativa de colegios, directores y maestros.
7. Con gratitud a los educadores Profundamente agradecidos por la generosa y en ocasiones sacrificada labor de cuantos se dedican a diario a la hermosa y desafiante tarea educativa, ofrecemos esta reflexi?n a todos los que se ocupan de este ?mbito fundamental de nuestra convivencia nacional, en especial a las comunidades educativas cat?licas, a todos los que tienen poder de decisi?n sobre estas relevantes materias, y a aquellos que han hecho de este servicio un verdadero apostolado en su vida personal y profesional. Sobre todos ellos invocamos por intercesi?n de Mar?a Sant?sima, cuya fiesta celebramos en su advocaci?n del Carmen, la abundante bendici?n del Se?or, Maestro de Vida
El Comit? Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile
? Alejandro Goic Karmelic
Obispo de Rancagua
Presidente
? Gonzalo Duarte Garc?a de Cort?zar
Obispo de Valpara?so
Vicepresidente
? Francisco Javier Err?zuriz Ossa
Cardenal Arzobispo de Santiago
? Ricardo Ezzati Andrello
Obispo Auxiliar de Santiago
? Cristi?n Contreras Villarroel
Obispo Auxiliar de Santiago
Secretario General
Santiago, 17 de Julio de 2006