Jueves, 10 de febrero de 2011

Alocuci?n de monse?or Bernardo ?lvarez Afonso, obispo de Tenerife, Canarias, con motivo de la declaraci?n del Santuario de Ntra. Sra. de Candelaria con el t?tulo y dignidad de Bas?lica.

T?TULO Y DIGNIDAD DE BAS?LICA
PARA LA IGLESIA DE LA PATRONA DE CANARIAS

Con fecha de 24 de enero de 2011 la Santa Sede me ha remitido un documento en el que se dice: "La Congregaci?n? para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en virtud de las facultades especiales otorgadas a la misma por el Sumo Pont?fice Benedicto XVI,? de muy buen grado dota a la iglesia del Santuario dedicado a Dios en honor de la Bienaventurada Virgen Mar?a, Nuestra Se?ora de Candelaria, en Tenerife, con el t?tulo y la dignidad de BAS?LICA MENOR".

Se trata, por tanto, de la concesi?n oficial, al Santuario de Candelaria, del "T?tulo y Dignidad de Bas?lica". Este templo fue inaugurado en 1959 y celebramos en 2009 su 50 aniversario. Popularmente siempre lo hemos llamado "la bas?lica" y, en efecto, arquitect?nicamente tiene forma basilical, pero no es la arquitectura lo que hace que una iglesia sea "bas?lica", es necesario que sea designada como tal por el Papa.

La palabra "bas?lica" proviene del griego (basilik?) que significa regia o real, y es resultado de abreviar la expresi?n "basilik? oir?a", que quiere decir "casa real". Una bas?lica era un gran y suntuoso edificio p?blico que en la Grecia antigua sol?a destinarse al tribunal. Posteriormente, en las ciudades romanas, ocupaba un lugar preferencial en el centro de la ciudad y se utilizaba para diversas funciones: transacciones comerciales, administraci?n de justicia, deliberaciones sobre los asuntos p?blicos, discursos pol?ticos, etc. Arquitect?nicamente se trat? siempre de una gran sala rectangular, compuesta por una, tres o cinco naves.

Cuando, tras el edicto de Mil?n, promulgado por Constantino en el a?o 313, los cristianos tienen libertad para practicar p?blicamente su fe, comienzan a construir sus templos en "forma de bas?lica". Incluso, algunas de las antiguas bas?licas romanas se convierten en templos cristianos. A diferencia de la arquitectura de los templos dedicados a los dioses romanos, a los que no pod?an entrar los fieles, sino s?lo los sacerdotes a ofrecer el sacrificio, los templos cristianos adoptan la arquitectura basilical para que puedan tener cabida los fieles, pues una de las cosas que les caracteriza es que son "iglesia", es decir, asamblea de personas que se re?nen para dar culto a Dios. Nace as? la "bas?lica cristiana".

Pero m?s all? de su trazado arquitect?nico, el concepto de bas?lica se fundamenta en aspectos teol?gicos, lit?rgicos, pastorales, etc. Adem?s, una iglesia se transforma en bas?lica s?lo por decisi?n pontificia. De esta forma, son bas?licas aquellas iglesias que son reconocidas y designadas por privilegio papal, por poseer aspectos de cierto relieve, por ejemplo: veneraci?n continua de una imagen sagrada, gozar de celebridad, varios sacerdotes para la Santa Misa y el sacramento del Perd?n, gran afluencia de fieles, intensa actividad lit?rgica y pastoral, gran tama?o para acoger a muchos fieles, importancia hist?rica, belleza art?stica, etc.

Se distinguen dos tipos de bas?licas: "mayores" y "menores". Son bas?licas mayores o patriarcales las cuatro que, en Roma, est?n designadas para ganar la Indulgencia del A?o Jubilar, y a las que se ingresa por la Puerta Santa que cada una posee. Las mismas son: San Pedro del Vaticano, San Juan de Letr?n, Santa Mar?a la Mayor y San Pablo Extramuros. Son bas?licas menores todas las dem?s, repartidas por el mundo y que han sido designadas como tales por decisi?n pontificia. De esta manera la Santa Sede le est? otorgando a dicho templo un honor especial?simo, que debe enorgullecer y comprometer a la comunidad que se re?ne en ese templo, ya que el "t?tulo y dignidad de bas?lica" expresa un particular v?nculo con la Iglesia de Roma y con el Papa y le da derecho a colocar en la fachada estandartes, el "escudo papal", etc.

Para m?, como Obispo de esta Di?cesis Nivariense, es un honor poder proclamar este "t?tulo de bas?lica", precisamente el 2 de febrero, el d?a en que miles de devotos de la Virgen nos congregamos para celebrar en su templo la Fiesta de la Ntra. Sra. de Candelaria, Patrona de Canarias. Y, a partir de ahora, ya podemos decir con todo derecho: Bas?lica de Ntra. Sra. de Candelaria.

Con la concesi?n del t?tulo, a la Bas?lica de Candelaria le corresponden unos "derechos y concesiones lit?rgicas", de acuerdo con las normas de la Iglesia sobre "bas?licas menores". Estos derechos tienen que ver, sobre todo, con las indulgencias que los fieles pueden obtener peregrinando a Candelaria en determinados d?as del a?o y realizando los actos de culto establecidos para alcanzar la indulgencia plenaria: confesar, comulgar, rezar el padrenuestro y el credo, as? como orar por las intenciones del Papa. Son en total 6 d?as diferentes al a?o: (1) veinte y cuatro de enero, aniversario de la concesi?n del "t?tulo de bas?lica"; (2) uno de febrero, d?a de la Dedicaci?n de la Bas?lica; (3) dos de febrero, d?a de la Virgen de Candelaria, titular de la Bas?lica; (4) veintinueve de junio, d?a de San Pedro y San Pablo; (5) un d?a designado por el Obispo Diocesano, que ser? el 15 de agosto; y (6) un d?a elegido libremente por cada fiel, que no corresponda con los anteriores.

Por tanto, este dos de febrero, quienes lo deseen podr?n ya obtener la indulgencia plenaria, si realizan con esa intenci?n los actos anteriormente indicados. De cualquier modo, nos vemos en la Bas?lica de Ntra. Sra. de Candelaria.

? Bernardo ?lvarez Afonso
Obispo Nivariense