Lunes, 04 de julio de 2011

ZENIT??nos?ofrece la intervenci?n de monse?or Silvano Tomasi, Observador Permanente de la Santa Sede en las Naciones Unidas, el 6 de junio de 2011 en la XVII Sesi?n Ordinaria del Consejo de los Derechos del Hombre, que se est? celebrando en Ginebra.

Se?or Presidente,

En primer lugar, mi Delegaci?n quer?a felicitar a los interesados involucrados en la preparaci?n del borrador del Optional Protocol to the Convention on the Rights of the Child to provide a communication procedure (OPC),? (Protocolo Facultativo de la Convenci?n sobre los Derechos del Ni?o), que se convertir? en un importante instrumento del sistema de derechos humanos.

M?s all? del aspecto jur?dico, el Protocolo Facultativo del CRC provee de una palabra de esperanza y de aliento a aquellos ni?os y j?venes cuya inocencia y dignidad humanas se han visto afectados por la crueldad que est? presente en el mundo de los adultos. Si todos los estados, las agencias de las Naciones Unidas, la sociedad civil y las instituciones religiosas trabajan juntas en una asociaci?n m?s eficaz, ser?n capaces de asegurar el amor, los cuidados y la asistencia a aquellos afectados por la violencia o los abusos. M?s a?n, se fomentar? un mundo donde estos ni?os puedan perseguir sus sue?os y aspiraciones de un futuro libre de violencia.

?Los supremos intereses del ni?o, ser?n la consideraci?n primordial?1?y la condici?n previa para llevar a cabo el futuro previsto. De hecho, estamos ?convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y el entorno natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, en particular los ni?os, deber?a recibir la protecci?n necesaria y la asistencia para que pueda asumir sus responsabilidades dentro de la comunidad?2. En consonancia con la Convenci?n que reconoce la esencialidad de la familia, la Santa Sede cree que los intereses supremos del ni?o son servidos en primer lugar, en el contexto de la familia tradicional.

Se?or Presidente,

Hace m?s de cincuenta a?os, en la Declaraci?n de los Derechos del Ni?o, la Asamblea General proclam? que ?el ni?o deber?a disfrutar de una protecci?n especial, y dispondr? de oportunidades y facilidades, a trav?s de la ley y otros medios, para permitirle desarrollarse f?sicamente, mentalmente, moralmente, espiritualmente y socialmente de un modo normal y saludable y en las condiciones de libertad y de dignidad3. Esto contin?a siendo de gran importancia ahora, como entonces, y se?ala la responsabilidad de la comunidad internacional en su conjunto para proseguir su labor esencial de promoci?n de la dignidad y del bienestar de todos los ni?os y adolescentes de todo el mundo.

En 2009, el Papa Benedicto XVI hizo un llamamiento a la comunidad internacional a que aumentase sus esfuerzos para ofrecer una respuesta adecuada a los tr?gicos problemas que experimentan demasiados ni?os: ?Que no falte el compromiso generoso de todas las partes para que los derechos del ni?o sean reconocidos y su dignidad reciba cada vez m?s un mayor respeto?.

Se?or Presidente, la Santa Sede ve en su nuevo Optional Protocol to the Convention of the Rights of the Child to provide a communication procedure (Protocolo Facultativo de la Convenci?n de Derechos del Ni?o para establecer un procedimiento de comunicaci?n), una contribuci?n oportuna para fortalecer el sistema de derechos humanos. Que esto nos lleve cada vez m?s cerca del objetivo final: la preservaci?n y respeto incondicionales a cada persona, mujer o hombre, adulto o ni?o.

Gracias, Se?or Presidente.

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1?GENERAL ASSEMBLY,?Art.3 al. 1 of the Convention on the Rights of the Child, 1989, p.1.

2 GENERAL ASSEMBLY,?Preamble of the Convention on the Rights of the Child, 1989, p.1.

3 GENERAL ASSEMBLY,?Declaration of the Rights of the Child, 1959, p.1.

[Traducci?n del ingl?s por Carmen ?lvarez]


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